La arquitectura de la mediación internacional en la comisión de naciones unidas para el derecho mercantil internacional

1. La importancia estratégica de la Ley Modelo UNCITRAL

UNCITRAL (siglas en inglés de la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional) ha elaborado una Ley modelo, que se ha convertido en el referente internacional más importante para la mediación comercial internacional. Aunque no tenga fuerza jurídica vinculante, es punto de encuentro de los estándares internacionales de la mediación. Pero, además, muchos Estados han incorporado a su legislaciones internas la Ley modelo, bien en su integridad o con las adaptaciones necesarias.

De hecho, la Ley modelo UNCITRAL ha sido incorporada en la regulación de Bélgica, Croacia, Hungría, Eslovenia y Luxemburgo. También en la modificación que hizo Albania sobre su regulación previa. UNCITRAL considera que la regulación de Francia, Suiza y Montenegro ha sido influenciada por la Ley modelo. En América, han incorporado la Ley UNCITRAL países como Honduras y Nicaragua. La situación de Canadá y Estados Unidos es peculiar por ser estados federales, cuyos estados o provincias tienen competencias en la materia. Ello ha originado un fenómeno de «armonización al cuadrado». En Estados Unidos y Canadá se han aprobado leyes uniformes para que sus distintos estados o provincias armonicen a nivel federal sus legislaciones si lo consideran oportuno. Pero, a su vez, esas leyes uniformes estadounidense y canadiense incorporan la Ley modelo UNCITRAL, con lo que los distintos estados y provincias que incorporen las citadas normas uniformes también están contribuyendo a la armonización internacional.

En Asia, la Ley modelo ha sido incorporada por Bután y Malasia. En África, UNCITRAL considera que participa de su modelo la legislación de Camerún y Guinea Ecuatorial. Pero, sin duda, como se verá continuación, la principal influencia de la Ley modelo UNCITRAL se ha materializado en la OHADA (siglas en francés de la Organización para la Armonización del Derecho de los Negocios en África). Al agrupar esta organización a 17 Estados africanos, ha tenido un efecto expansivo de la Ley modelo UNCITRAL. Ni Nueva Zelanda ni Australia figuran como Estados que hayan seguido la estela de la Ley modelo UNCITRAL.

2. Desarrollo normativo de UNCITRAL: las Reglas, las Notas y la Convención de Singapur

Junto con la Ley Modelo, en 2021, UNCITRAL ha publicado unas Notas sobre la mediación, cuya finalidad es “ayudar a las partes a comprender mejor la mediación”. No imponen, por tanto, ninguna obligación jurídica vinculante ni se prestan a ser utilizadas como reglamento de mediación, ni promueven un estilo, práctica o método concreto de mediación. No obstante, aparte de esta finalidad pedagógica, en el fondo las Notas tienen una mínima función armonizadora, de forma que se pueden convertir en un estándar mínimo internacional, sobre el concepto y funcionamiento de la mediación.

De hecho, UNCITRAL si desea que “sean utilizadas de manera general y universal”, de forma que las partes y el mediador puedan valerse de ellas, “en la medida que estimen conveniente”. Esta naturaleza tiene una doble consecuencia.

  • Positiva, se puede recurrir a las Notas si se estima conveniente sin necesidad de adoptar ningún “elemento” concreto, si bien parece necesario que las partes no se opongan.
  • Negativas, si las partes y el mediador no están interesadas en ellas, no tienen por qué motivar su omisión. Este planteamiento justifica que UNCITRAL se refiera a “Notas” y no a unos “principios mínimos”, que podrían tener una mayor carga de tomar en consideración por el mediador.

Un paso más allá es la posibilidad de que las partes se sometan a las Reglas de Mediación de UNCITRAL en las que se están trabajando desde 2021 y que actualizan las viejas Reglas de Conciliación que se habían aprobado, el 23 de julio de 1980. En este texto ya se incluye una cláusula modelo de sometimiento a la mediación y un articulado a disposición de las partes y del mediador sobre el inicio, desarrollo y conclusión de la conciliación, así como normas de confidencialidad. 

Junto con el camino del soft law no directamente vinculante, UNCITRAL ha ofrecido a la comunidad internacional una nueva senda a través del hard law, es decir, a través de un instrumento jurídico vinculante: la Convención de las Naciones Unidas sobre los Acuerdos de Transacción Internacionales Resultantes de la Mediación, aprobada el 20 de diciembre de 2018 y abierto a la firma el 7 de agosto de 2019 en Singapur. Aunque tiene muchas disposiciones en común con la Ley Modelo, se trata de un tratado internacional en sentido estricto que se ocupa del reconocimiento y ejecución de acuerdos resultantes de la mediación internacional y que, por ello, obliga a los Estados que lo hayan ratificado.

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