La entrada en prisión y la privación de libertad para los jóvenes de 18 a 29 años que por primera vez han cometido algún tipo de delito menor puede aumentar significativamente la reincidencia en el futuro. Sin embargo, existe una opción que se está empezando a contemplar: la aplicación de técnicas de resolución de conflictos judiciales, de manera alternativa a la cárcel.
Según experiencias en el área desarrolladas con éxito, la mediación en este tipo de casos de primeros delitos leves proporciona mayor grado de satisfacción psicológica tanto para el infractor como para la víctima, además de facilitar la solución del conflicto desde una perspectiva más favorable al correcto desarrollo cognitivo-conductual del infractor.
Beneficios de la mediación
Los beneficios de la mediación en este ámbito son varios, tanto para la persona que comete el delito como para la víctima:
- El infractor afronta las consecuencias de su acto delictivo, responsabilizándose de sus acciones
- El infractor, a través de la mediación, participa en la resolución del conflicto, permitiéndole reparar el daño y previniéndole ante nuevas infracciones.
- La víctima también participa en la resolución del conflicto y se siente escuchada. Además, es compensada por los daños.
- La víctima tiene la oportunidad de expresar sus sentimientos, permitiendo que el conflicto no se enquiste y perdure a lo largo del tiempo.
¿Cómo sería el proceso?
Para poder iniciar un proceso de mediación en estos casos, serían necesarios cuatro requisitos indispensables:
-Que el delito sea leve y sin alto nivel de violencia, cometido por un infractor de entre 18 y 29 años.
-Que las partes, tanto infractor como víctima, sean identificadas.
-Que el tiempo transcurrido entre los hechos y el inicio de la mediación no supere los tres meses.
-Que el infractor no posea historial penal (ya que los delincuentes reincidentes muestran una cronificación en su comportamiento y necesitarán una intervención distinta).
En definitiva, la mediación resulta ser un método más económico, más rápido y más eficaz contra la reincidencia de los infractores que la reclusión y privación de libertad, aunque todavía es necesario que se avance en materia legislativa para que finalmente pueda implementarse este proceso.