Sin duda, el último año ha sido un año de cambios. Por causa de la Covid-19 el mundo se ha visto, del día a la mañana, envuelto en una situación que ha cambiado nuestros hábitos, nuestra forma de relacionarnos, nuestro día a día.
Ante la nueva realidad que vivimos, han sido muchos los conflictos que han surgido. Conflictos de diversa índole, agravados por la situación: conflictos en ámbitos familiares, vecinales, empresariales, laborales, sociales, sanitarios, etc.
Suspensión de las actuaciones judiciales y plazos procesales
La declaración del Estado de Alarma en España en marzo de 2020 por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, salvo excepciones, supuso la suspensión de las actuaciones judiciales y los plazos procesales.
El tiempo que duró esta suspensión sumado al colapso que ya había en la justicia en un momento previo a la situación de emergencia sanitaria ha propiciado que, sea imprescindible tomar medidas para agilizar y descongestionar unos Tribunales que, sin un impulso a otras alternativas para gestionar los conflictos fuera de lo judicial, están abocados a no dar soluciones óptimas en muchos casos.
Importancia de la mediación
Como se ha puesto de manifiesto, la crisis sanitaria ha traído (y traerá) un notable incremento de los asuntos judiciales como consecuencia de:
- Aumento del número de despidos.
- Incumplimientos contractuales derivados de la imposibilidad de atender obligaciones que fueron contraídas en otros términos y situaciones diferentes a las que ahora vivimos.
- Reclamaciones de responsabilidad patrimonial o declaraciones de concursos.
- Reclamaciones de consumidores.
Es ahí donde la mediación adquiere aún más relevancia de la que tenía.
El Consejo General del Poder Judicial ha puesto de manifiesto que “resulta esencial en estos momentos buscar fórmulas que incentiven la solución extrajudicial de conflictos, reservando la intervención judicial para aquellos caos realmente necesarios, evitando que, en definitiva, ésta se constituya en la primera opción. A la misma situación ha llegado el Consejo General de la Abogacía Española afirmando que “la mediación como método alternativo de resolución de conflictos supone un instrumento de conveniente aplicación ante la situación actual”.
¿Qué alternativas y soluciones existen?
Ofrecer alternativas para la gestión y solución de conflictos fuera del sistema judicial es fundamental. Contar con profesionales cualificados para poder acompañar a las partes y ayudarlas a gestionar esa situación y encontrar una solución apropiada para cada caso, en la que las partes se hayan visto implicadas y hayan trabajado, es totalmente esencial.
Por todo ello, las instituciones públicas han trabajado durante el último año para avanzar en la línea de lo que fue un primer paso con la aprobación del Anteproyecto de Ley de Impuso a la Mediación en 2019, que si bien se ha podido ver frenado por la crisis sanitaria, parece que es el punto de partida de lo que tendrá lugar en los próximos años.
Como muestra de lo expuesto, cabe recordar que la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial aprobó y publicó el documento denominado “Plan de choque en la administración de justicia tras el estado de alarma” que propone como uno de sus ejes de actuación el establecimiento de medidas alternativas de resolución de conflictos extrajudiciales.
Este documento, además, tal y como ha anunciado el propio Consejo General del Poder Judicial, se complementará con otros cuatro documentos que incluirán propuestas, entre otros, en el ámbito de la solución extrajudicial de conflictos con un documento que se denominará “Medidas para la solución extrajudicial de conflictos”.
Ley de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia
En la línea de lo que hasta se ha puesto de manifiesto, hemos visto como el Consejo de Ministros aprobó a final de diciembre el Anteproyecto de Ley de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia en el que se pone especial énfasis a los medios adecuados de solución de controversias entre los que se encuadra la mediación, pareciendo esta la más adecuada en muchos de los conflictos que acceden a los Tribunales.
A la luz de los acontecimientos y de la nueva realidad en la que nos hemos visto envueltos, la mediación se perfila como una gran alternativa y un método ideal para poner solución a disputas en todos los ámbitos, cobrando especial relevancia la posibilidad de realizar las mediaciones a través de medios electrónicos.
Esta especial importancia se centrará en lo que a la descongestión de la justicia se refiere en el ámbito civil, mercantil, familiar, laboral y en otros muchos ámbitos en los que el número de las disputas ha aumentado y las características de las mismas se han visto modificadas.