Educar para la Paz es el compromiso que todo profesional de la acción socioeducativa debiera adquirir en aras de fomentar una cultura que posibilite la puesta en práctica de los Derechos Humanos Universales. Sin embargo, no es una tarea compleja en tiempos donde el negacionismo climático, el patriarcado, el clima bélico… dan muestras diarias de lo contradictorio del sistema en el que estamos insertos.
En un marco contextual a nivel mundial donde existen innumerables situaciones de violencia, secundadas por los gobiernos de aquellos países que ostentan un mayor poder sobre otros que poseen materias primas, cuyo dominio es ansiado por la grandes multinacionales que dirimen en muchos casos el devenir de los mismos y que de una u otra manera apoyan a los primeros en dichas acciones con el fin último de poder gestionar la explotación y el mercado de dichas materias primas, a fin de maximizar sus beneficios en detrimento del desarrollo de quienes habitan aquellos países portadores de las mismas, resulta difícil construir una cultura de convivencia que verdaderamente sea potenciadora de un cambio, que permita a los pueblos del mundo poder cohabitar de manera pacífica en igualdad de condiciones y sin ningún tipo de menoscabo.
Estos conflictos legitimados a nivel mundial, por diferentes entidades públicas y privadas, no son exclusivos de estos ámbitos, de los que se ha hablado anteriormente, sino que de una u otra manera, a menor escala, se ven reflejados, diariamente, en ámbitos como: el comunitario, el escolar, el universitario o el familiar (entre otros) (Trujillo y Romero-Acosta, 2016).
El papel del mediador en la resolución de disputas entre estudiantes y personal docente
Tras lo dicho, como agentes sociales, no podemos caer en el derrotismo de que nada o poco se puede hacer, sino que nos debe servir como análisis reflexivo para incidir en la idea de que las realidades contextuales de cada centro educativo pueden modificarse con una gestión que posibilite pensar en el presente de cada uno de los miembros de la comunidad educativa.
El número de casos de violencia y acoso hacia los docentes aumentaron cerca de un 23% en el curso 2020-2021 debido a la vuelta a la presencialidad, según el último informe del servicio del Defensor del Profesor de la Asociación Nacional de Profesionales de la Enseñanza (ANPE). Los casos de violencia y acoso hacia los profesores aumentaron un 23% durante el pasado curso, según ANPE. Lo que nos da una muestra de la problemática existente, en ocasiones, en la relación profesor-alumno, vinculado a múltiples factores psicosociales. Las agresiones de profesores a alumnos (agresiones verbales, discriminación, amenazas) son más frecuentes de lo que se pudiera pensarse de acuerdo con los datos aportados por los propios profesores en el informe sobre violencia escolar (Defensor del Pueblo, 2018). En dicho informe, los profesores manifiestan que en su centro se han producido agresiones de profesores a alumnos como ridiculizar (51,7%), tener manía (45,7%), insultar (43,3%), intimidar con amenazas (18,3%).
Este caldo de cultivo, junto a otros acontecimientos que se vienen viviendo desde hace décadas, como el bullying, ha posibilitado legislar para tener herramientas que ayuden a mitigar las situaciones conflictivas que se plantean en los centros. En la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia se hizo patente la creación para el curso 2022/2023 de la figura coordinador de bienestar como una medida a implementar dentro de la Agenda 2030.
Esta figura se configura como un especialista en implementar el plan de convivencia y los protocolos de actuación frente a indicios de abuso y maltrato, acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual, violencia de género, violencia doméstica, suicidio, autolesión y cualquier otra forma de violencia. Sin embargo, como se ha visto tras este primer curso, es necesaria una formación en mediación mucho más específica para todos estos profesionales y para toda la comunidad educativa en general.
El mediador debe constituirse como un guía y catalizador a través del diálogo multidireccional que potencia el análisis reflexivo de las partes para sean conscientes de los causantes de las situaciones conflictivas. En ocasiones, impide la escalada de conflictos y ayuda a las partes a superar un estancamiento del conflicto. El mediador no puede ser frívolo o inepto al hacer su tarea. Tiene muy claro un precepto fundamental: el poder descansa en las partes, por tanto, debe desempeñar su tarea de modo consciente y constructivo para llevar a las partes a acordar términos aceptables de acuerdo.
De acuerdo con Jares (2001) los objetivos fundamentales del mediador son los siguientes:
- Favorecer y estimular la comunicación entre las partes en conflicto, proceso que suele llevar consigo el control de las interacciones destructivas.
- Promover que ambas partes comprendan el conflicto de forma global, y no solamente desde su perspectiva.
- Ayudar a que ambas partes analicen las causas del conflicto, separando los intereses de los sentimientos.
- Favorecer la conversión de las diferencias en formas creativas de resolución del conflicto.
- Restablecer, siempre que sea posible, las posibles heridas emocionales que pueden existir entre las partes en conflicto.
Igualmente, Peters (1955) afirma que las tres cualidades principales de un mediador eficaz deben primar:
- Experiencia en la negociación, pues debe ser capaz de comprender rápidamente que es lo que caracteriza a cada caso, y de comprender lo que está subyacente, las fuerzas relativas y las estrategias.
- Objetividad: El mediador debe tener suficiente imaginación como para ponerse en el lugar de cada parte.
- Imparcialidad: Para ganarse la confianza de ambas las partes necesita imparcialidad, no mostrar tendencias hacia ninguno de los sujetos.
Todo ello se resume de la siguiente forma:
Tabla 1. Rol del mediador
Fuente: Ortuño-Muñoz e Iglesias Ortuño (2015)
Herramientas prácticas: Estrategias para prevenir y manejar el bullying a través de la mediación escolar
La mediación es uno de los procesos claves para la prevención del acoso escolar, combatiendo el conflicto en sus fases iniciales, partiendo de los alumnos como agentes de cambio y transformación para un beneficio común.
La mediación puede evitar la frecuencia o la repetición de las agresiones o de la violencia, paliar la indefensión e incluso transformar la intencionalidad a través de la empatía. Para ello es vital que la escuela desarrolle la autonomía y el cultivo de la razón dialógica a través del fomento de los programas de mediación que faciliten un diagnóstico de las situaciones conflictivas previas al bullying.
Entre las herramientas de la mediación para trabajar el bullying, podemos destacar las siguientes:
- Observación del alumnado
Sería muy importante que incluso en los momentos de ocio los alumnos estuviesen supervisados por adultos que pudiesen detectar potenciales agresiones y/o conductas que poseen tanto víctimas como agresores.
- Adaptar programas ya existentes como los descritos en otra de nuestras entradas en el blog (https://eimediacion.edu.es/ser-mediador/noticias-escuela-mediacion/como-se-usa-la-mediacion-para-frenar-el-bullying/ )
Tanto el Programa TEI como el Programa AVE han obtenido magníficos resultados en la detección e intervención en acoso escolar
- Medidas educativas y de protección inmediata
Siguiendo el protocolo del centro se deben tomar todas las medidas adecuadas para proteger la víctima y que los actos de violencia no continúen dándose.
- Educación fundamentada en los Derechos Humanos Universales
Para ello, conviene descifrar el “currículum oculto” para analizar las relaciones existentes a todos los niveles en el centro y, con ello, llevar a cabo una educación mucho más humanística, alejada de la competitividad y sin tener al mercado como continua referencia (que es precisamente uno de los “males” actuales del sistema educativo, en todos sus niveles).
Todo ello, constituirá una cultura organizativa, estratégica preventiva que ayudara a fomentar una convivencia pacífica en aras del cumplimiento de los ya mencionados Derechos Humanos Universales.
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