El acta final determinará la conclusión del procedimiento y, por tanto, con su firma terminará el trabajo del mediador.
Cómo redactar un modelo de acta final de mediación
Como ya sabemos, el procedimiento de mediación se rige por el principio de voluntariedad por lo que puede concluir:
- En acuerdo, ya sea total o parcial. Cuando la mediación concluya con acuerdo, el acta final deberá reflejar los acuerdos alcanzados de forma clara y comprensible.
- Sin alcanzar acuerdo, bien sea porque todas o alguna de las partes ejerzan su derecho a dar por terminadas las actuaciones, comunicándoselo al mediador, bien porque haya transcurrido el plazo máximo acordado por las partes para la duración del procedimiento (y no hayan querido prorrogarlo), así como cuando el mediador aprecie de manera justificada que las posiciones de las partes son irreconciliables o concurra otra causa que determine su conclusión. En estos casos, de deberá redactar un acta final en la que se recoja la causa de su finalización.
En ambos casos, el acta final deberá ir firmada por todas las partes y por el mediador o mediadores y se entregará un ejemplar original a cada una de ellas. En caso de que alguna de las partes no quisiera firma el acta, el mediador hará constar en la misma esta circunstancia, entregando un ejemplar a las partes que lo deseen.
Requisitos necesarios para el acta final
La Ley 5/2012 de 6 de julio de mediación en asuntos civiles y mercantiles, no recoge más requisitos respecto del acta final de mediación, sin embargo, a fin de revestirla de una cierta formalidad, en mi opinión será conveniente que el acta contenga además de lo anterior, las siguientes cuestiones:
- La identidad y el domicilio de las partes.
- La identidad y datos profesionales del mediador o mediadores que hayan intervenido en el proceso y, en su caso, de la institución de mediación en la cual se ha desarrollado el procedimiento.
- El lugar y la fecha en que se suscribe.
- Que se ha seguido un procedimiento de mediación ajustado a las previsiones de la Ley, con asistencia por las partes de manera voluntaria.
- En su caso, una clausula en relación a si las partes convienen que el acuerdo de mediación sea homologado judicialmente en el marco de un proceso judicial (mediación intrajudicial) o, en caso contrario, si se acuerda que sea elevado a escritura pública ante notario.
- Una cláusula de sometimiento a mediación para la resolución de posibles conflictos futuros en relación a los acuerdos alcanzados.
- Datos relativos al coste de la mediación, tales como si ya ha sido abonado el coste del proceso, o en su caso las cantidades pendientes de pago, y a quien, y en qué proporción le corresponde su pago, así como la forma y/o tiempo de ese pago.
- Una clausula relativa a la Ley de Protección de datos personales.
- Y por supuesto, y tal y como exige la Ley, los acuerdos alcanzados de forma clara y comprensible, de manera que queden bien definidas las obligaciones que cada parte asume.